PENSIÓN REDUCIDA DEBE GARANTIZARSE A LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA DE PLANTA DE PEMEX QUE SE JUBILEN CON AL MENOS QUINCE AÑOS DE COTIZACIÓN.

Fecha: 04/07/2024
Escrito por: Suprema Corte de Justicia de la Nación

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias resulta violatorio del derecho a la seguridad social al no prever la posibilidad de que los trabajadores que no acrediten treinta años de servicio obtengan una pensión reducida de jubilación por vejez.

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