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09.10.2024
INVALIDA LA CORTE DISPOSICIONES DE LEYES DE INGRESOS DE MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
La Corte invalidó los cobros de derechos por la expedición de certificaciones de documentos que están en los archivos de las tesorerías y por el servicio que presta el registro civil por el reconocimiento de hijos en los municipios de Veracruz
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08.10.2024
EN CASO DE DIVORCIO PROCEDE EL PAGO DE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA AL CÓNYUGE QUE SE DEDICÓ PREPONDERANTEMENTE AL HOGAR, AUN CUANDO UNA LEGISLACIÓN LOCAL NO LO PREVEA EXPRESAMENTE: PRIMERA SALA.
A la luz del principio de igualdad entre cónyuges, La Corte determinó que procede compensar económicamente en favor de la persona que se dedicó al hogar, aun cuando la legislación local no lo prevea.
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30.09.2024
ES CONSTITUCIONAL EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR, PREVISTO EN EL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE YUCATÁN.
Al validar la pena de prisión para personas que no cumplen con la obligación de pagar pensión alimenticia, La Corte protege los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
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24.09.2024
LA INDEMNIZACIÓN POR VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE AUTOR FIJADA CON BASE EN UN PORCENTAJE DEL PRECIO DE VENTA DE UN PRODUCTO O SERVICIO NO ES DESPROPORCIONAL NI CONTRARIA AL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA: PRIMERA SALA
Si hay explotación indebida de sus obras, la persona autora debe recibir una indemnización de al menos el 40% de los ingresos totales obtenidos.
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19.09.2024
LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN NO SON RESPONSABLES DE LAS EXPRESIONES REALIZADAS EN INSERCIONES PAGADAS POR UN PARTICULAR PARA QUE SEAN PUBLICADAS POR ÉSTOS: PRIMERA SALA
Los medios de comunicación no son responsables de las expresiones realizadas en inserciones pagadas por un particular, siempre que pueda inferirse que su publicación es pagada y quién es la persona que pagó por ésta: Primera Sala.
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17.09.2024
Las personas desaparecidas y sus familiares tienen derecho a la búsqueda y localización así como derecho a la verdad, que implica conocer lo sucedido.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostuvo que la desaparición forzada es una de las violaciones más graves a derechos humanos que somete a los familiares de la persona a actos equiparables a tortura y tratos crueles e inhumanos al desconocer el paradero y destino de su ser querido, y además al verse compelidos a implementar por cuenta propia acciones de búsqueda e investigación e incluso a enfrentarse a diversos obstáculos institucionales.
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